Quien abre un local al público u organiza una actividad tiene que cuidar la seguridad de las personas. Si no lo hizo y sufriste un daño, podés reclamar una indemnización.
Consultá tu caso por WhatsAppSi tu caso no figura en la lista, consultame igual.
Las grabaciones de las cámaras suelen borrarse en pocos días, y el lugar se repara enseguida. Cuanto antes consultes, más fácil es conservar la prueba.
Qué rubros corresponden depende de cada caso.
Depende del lugar, de cómo ocurrió el hecho.
Negocio desde la primera etapa. Siempre vas a saber en qué punto está tu caso.
Me contás qué pasó. Me podés enviar fotos o documentos.
Estudio la prueba disponible, quién debe responder, qué rubros te corresponden.
Intimo al responsable. Después sigue la mediación previa obligatoria de la Provincia de Buenos Aires.
Si no hay un acuerdo justo, inicio el juicio por la indemnización completa.
Abogado en La Plata. Represento siempre a quien sufrió el daño, nunca a las empresas ni a sus aseguradoras. Llevo tu caso personalmente.
Matrícula T° 71 F° 341 CALP · Atención con cita previa en Calle 42 N.º 833, Of. 3, La Plata
Es una respuesta habitual. Para liberarse, el responsable del lugar tiene que probar que el daño se debió a una causa ajena a él. Conviene analizar la prueba antes de darlo por perdido.
Depende. Los golpes propios del juego no siempre se indemnizan. Distinto es si hubo instalaciones en mal estado, falta de control o de atención médica.
No. Lo que hay que probar es que estabas en el lugar, hayas comprado o no. Sirven los testigos, las cámaras, un pago con tarjeta o billetera, fotos del momento.
En la consulta te explico los honorarios según tu caso, antes de empezar.
Con la fecha, el lugar, sabiendo si hubo lesiones, ya te puedo orientar.
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