Que la aseguradora demore, rechace o haga una oferta baja es de lo más frecuente después de un choque. La ley te da herramientas para no quedarte con eso.
Cuando el otro tuvo la culpa, le reclamás a él y a su aseguradora. En el juicio, la aseguradora es citada en garantía (art. 118 de la Ley de Seguros), así que la sentencia también se le puede cobrar a ella, dentro de los límites de la póliza.
Si tu póliza cubre el daño, tu aseguradora tiene 30 días para pronunciarse desde que recibe la denuncia y la información que pide. Si no contesta en ese plazo, la ley considera que aceptó el reclamo (art. 56 de la Ley de Seguros).
No estás obligado a aceptarla. Antes de firmar, conviene calcular todo lo que se puede reclamar:
Lo expliqué también en un video corto: ver el reel en Instagram.
Intimo formalmente a la aseguradora. Si no hay una respuesta justa, vamos a la mediación previa. Si ahí tampoco hay acuerdo, inicio el juicio. No pagás honorarios por adelantado: cobro solo si vos cobrás.